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Terms and Conditions

CONTRATO DE CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN, REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y SEGURIDAD OPERATIVA – FITPODS SL
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CLÁUSULA PRIMERA: IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD Y CANAL DE ASISTENCIA ESTRATÉGICA
En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente de servicios de la sociedad de la información, se identifica al titular y prestador del servicio:
• Razón Social: FITPODS SL.
• CIF: B24912172.
• Domicilio Social y Operativo: Avenida Madariaga 6, Deusto, Bilbao (CP 48014).
• Email Oficial: fitpods@fitpods.es.
• Teléfono de Asistencia Estratégica y Emergencias: 694 201 529.
Este número constituye el canal oficial, único y preferente para la comunicación de incidencias técnicas de cualquier índole, fallos de apertura, errores en la aplicación informática o situaciones de urgencia que requieran la intervención remota de la Entidad.



CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO, MODALIDADES DE SERVICIO Y NATURALEZA DEL ENTORNO AUTOMATIZADO
2.1. Definición y Alcance de los Servicios: La Entidad pone a disposición del Usuario un ecosistema de entrenamiento polivalente y tecnificado, cuya oferta prestacional se diversifica en las siguientes modalidades operativas:
•Unidades de Entrenamiento Privado (Pods): Cesión de uso de cabinas independientes y privativas, dotadas de equipamiento técnico avanzado para el desarrollo de actividad física individualizada en un entorno de máxima privacidad.
•Entrenamiento en Grupos Reducidos: Acceso a espacios comunes diseñados para la práctica deportiva colectiva bajo la dirección de personal técnico cualificado, orientada a la optimización del rendimiento en entornos de interacción social controlada.
•Servicios de Entrenamiento Personal (PT): Disponibilidad de sesiones de entrenamiento individualizado ("one-on-one") con profesionales especializados para la planificación y ejecución de programas deportivos adaptados a las necesidades específicas del Usuario.
2.2. Aceptación del Entorno Desasistido y Automatización: Sin perjuicio de la presencia puntual de personal técnico durante la impartición de clases grupales o sesiones de entrenamiento personal expresamente contratadas, el Usuario reconoce y acepta de forma fehaciente que FitPods es un centro de gestión domótica íntegramente automatizada.
2.3. Renuncia a la Supervisión Permanente: Fuera de las sesiones dirigidas mencionadas en el apartado 2.1, el servicio se presta en régimen de AUSENCIA DE SUPERVISIÓN FÍSICA, MONITORES DE SALA O PERSONAL DE VIGILANCIA PRESENCIAL. El Usuario declara ser plenamente consciente de esta singularidad operativa y acepta voluntariamente los riesgos inherentes a la práctica deportiva realizada en condiciones de absoluta autonomía tecnológica y soledad física. Por consiguiente, el Usuario asume la responsabilidad exclusiva sobre su seguridad y la correcta ejecución de los ejercicios cuando no se encuentre bajo la dirección directa de un entrenador de la Entidad.



CLÁUSULA TERCERA: BLINDAJE JURÍDICO – ASUNCIÓN DE RIESGO, AUTOAPTITUD Y EXONERACIÓN TOTAL

3.1. Declaración Jurada de Autoaptitud Médica: El Usuario garantiza, bajo su exclusiva responsabilidad civil y penal, que posee un estado de salud físico y psíquico óptimo para el ejercicio de alta intensidad en condiciones de soledad. Manifiesta expresamente no padecer patologías cardíacas, respiratorias o de cualquier índole que desaconsejen el entrenamiento sin supervisión profesional.
3.2. Asunción de Riesgo Integral: El Usuario asume voluntariamente todos los riesgos derivados del uso de las instalaciones de FitPods, incluyendo, sin carácter limitativo: lesiones musculares, accidentes cardiovasculares, caídas, contusiones o percances en áreas comunes, pasillos, vestuarios y zonas de duchas.
3.3. Exoneración Absoluta de Responsabilidad: FITPODS SL QUEDA EXONERADA DE FORMA ABSOLUTA Y SIN EXCEPCIÓN ALGUNA DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD CIVIL, PENAL O ADMINISTRATIVA POR DAÑOS PERSONALES O MATERIALES SUFRIDOS POR EL USUARIO. El Usuario reconoce que entrena bajo su propio riesgo y ventura, asumiendo cualquier contingencia física o material que pudiera ocurrir dentro de las instalaciones.
3.4. Deber de Inspección y Prohibición de Uso: El Usuario se obliga a realizar una inspección visual del material antes de su uso. Si detecta cualquier anomalía o riesgo, tiene la PROHIBICIÓN CONTRACTUAL de usar dicho equipo y debe reportarlo inmediatamente al canal oficial (694 201 529). El uso de material bajo sospecha de mal funcionamiento será responsabilidad única del Usuario.



CLÁUSULA CUARTA: PROTOCOLO DE ACCESO DIGITAL, RÉGIMEN ECONÓMICO, GESTIÓN DE CRÉDITOS Y RESOLUCIÓN CONTRACTUAL
4.1. Acceso Exclusivo mediante App y Seguridad de Credenciales:
•Naturaleza del Acceso: El acceso a las instalaciones se realiza única y exclusivamente mediante la App oficial de FitPods. No existen llaves físicas ni códigos; el terminal móvil del Usuario es su única credencial de entrada.
•Carácter Personalísimo: El derecho de acceso es estrictamente personal e intransferible. Queda terminantemente prohibido compartir, ceder o facilitar las credenciales de la App a terceras personas.
•Régimen de Acompañantes: Para entrenar con un acompañante es obligatoria la contratación previa de la Suscripción Dúo. En cualquier otra modalidad, el acceso es individual.
•Fraude de Acceso y Sanciones: Cualquier intento de "colarse", manipular los sistemas de apertura, permitir la entrada a terceros (aunque sean socios) o realizar "tailgating" (entrar aprovechando la apertura de otro usuario) supondrá la expulsión automática y definitiva del centro sin derecho a reembolso de la cuota o créditos pendientes. La Entidad auditará los accesos mediante las cámaras de videovigilancia de forma constante.
4.2. Dinámica de Asignación y Renovación de Créditos:
•Al inicio de cada periodo contractual de cuatro (4) semanas, la Entidad procederá a la carga íntegra de los créditos correspondientes a la membresía (4, 8, 12 o 16 sesiones).
•Renovación de Saldo: Una vez finalizado el ciclo y tras el devengo de la nueva cuota, el sistema repondrá el saldo de créditos para el nuevo periodo.
4.3. Carácter No Acumulable y Extinción de Pleno Derecho:
•Los créditos tienen validez limitada al ciclo de 4 semanas. Al vencimiento de dicho ciclo, cualquier crédito no consumido se extinguirá de forma automática, sin posibilidad de acumulación para periodos sucesivos ni derecho a reembolso proporcional.
4.4. Resolución Voluntaria y Ausencia de Permanencia:
•El contrato no tiene permanencia mínima. El Usuario puede instar la baja en cualquier momento.
•Plazo de Preaviso: La baja debe notificarse con una antelación mínima de catorce (14) días naturales previos al fin del ciclo en curso para evitar el cobro del siguiente periodo.
•Canales: Autogestión en la App o correo electrónico a fitpods@fitpods.es. Las notificaciones fuera de este plazo de 14 días implicarán el cobro del siguiente recibo.
4.5. Suspensión Temporal Estival de la Membresía y Cuota de Mantenimiento:
Como excepción a la extinción del contrato, el Usuario podrá solicitar la paralización temporal de su suscripción por un único periodo máximo e improrrogable de cuatro (4) semanas por año natural, el cual deberá comprenderse necesariamente dentro de la franja temporal que abarca desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre. Esta suspensión queda supeditada a las siguientes condiciones imperativas:
•Cuota de Mantenimiento de la Plaza: Durante las 4 semanas de suspensión, el Usuario no abonará el importe íntegro de su membresía, sino una Cuota de Mantenimiento fija de 25 €. Este importe se destina en concepto de reserva y conservación de su plaza en el centro, así como al mantenimiento técnico de su cuenta en el ecosistema digital.
•Carácter Irreversible del Pago y Reactivación Anticipada: El Usuario podrá solicitar en cualquier momento el levantamiento anticipado de la suspensión para volver a entrenar antes de que venzan las 4 semanas. No obstante, el abono de la Cuota de Mantenimiento de 25 € tiene carácter finalista e irreversible, por lo que bajo ninguna circunstancia se procederá a la devolución, reembolso o compensación proporcional de dicho importe, ni se generará derecho a crédito alguno a favor del Usuario.
•Procedimiento y Preaviso para la Pausa: La solicitud de suspensión deberá tramitarse obligatoriamente a través de la App oficial o mediante correo electrónico a fitpods@fitpods.es con una antelación mínima de catorce (14) días naturales previos al periodo que se desea paralizar. Las solicitudes presentadas fuera de este plazo implicarán el devengo y cobro regular de la siguiente cuota mensual ordinaria.
•Mecánica de Congelación a Mitad de Ciclo y Efectos Domóticos: En el supuesto de que la suspensión se ejecute a mitad de un periodo contractual en curso, el sistema domótico aplicará una congelación inmediata del estado de la cuenta. Esto implica que tanto el cómputo de los días restantes para la finalización de su ciclo de 4 semanas como el saldo exacto de créditos no consumidos en ese momento quedarán totalmente suspendidos y pausados en el tiempo. Asimismo, las credenciales de acceso domótico y el sistema de reservas quedarán inhabilitados durante la pausa.
4.5.1 Reactivación del Servicio, Reingreso y Blindaje de Plaza:
•Reanudación del Ciclo Suspendido: Transcurrido el periodo de suspensión de 4 semanas (o en la fecha en que el Usuario solicite el levantamiento anticipado de la misma), el sistema domótico reactivará automáticamente la cuenta reanudando el ciclo exactamente en el mismo punto cronológico en el que se congeló. El Usuario dispondrá de los días remanentes y del saldo de créditos recuperados para su consumo antes de que el sistema proceda al siguiente cobro ordinario y renovación regular de la membresía.
•Garantía de Plaza frente a Lista de Espera: A diferencia de la baja voluntaria, el Usuario que se acoja a esta Suspensión Temporal mediante el pago de la Cuota de Mantenimiento de 25 € conservará su derecho de plaza íntegro, quedando exento de someterse a la Lista de Espera del centro al reanudar su actividad.
4.6. Reingreso y Lista de Espera:
•La baja implica la pérdida inmediata de la plaza. En caso de querer reingresar y existir Lista de Espera, el antiguo socio deberá situarse en el último lugar disponible, sin preferencia alguna.
4.7. Bonos de Entrenamiento Personal (PT):
•Los créditos de "Bono" tienen una validez improrrogable de seis (6) meses desde la fecha de compra.
4.8. Régimen de Impagos y Bloqueo Domótico:
•Cualquier fallo en el cobro (SEPA o tarjeta) facultará a la Entidad para la REVOCACIÓN AUTOMÁTICA E INMEDIATA del acceso. La cuenta permanecerá bloqueada hasta la liquidación de la deuda y sus posibles gastos de gestión asociados.
4.9. Tarifas, Matrícula y Modificación de Precios:
•Tarifas Vigentes: El coste de las membresías y la cuota de inscripción (Matrícula) serán los que se encuentren publicados de forma transparente en la App oficial de FitPods en el momento de la contratación o renovación.
•Aceptación del Cargo: El Usuario acepta el cargo de la matrícula y la cuota correspondiente a su plan al confirmar la suscripción.
•Revisión de Precios: FitPods SL se reserva el derecho de actualizar los precios de sus servicios por razones operativas, económicas o de mejora de las instalaciones. Cualquier cambio de precio en una suscripción recurrente será notificado al Usuario con un mínimo de treinta (30) días de antelación, otorgándole el derecho a cancelar su membresía si no está conforme con la nueva tarifa.
4.10. Régimen de Reservas y Política de Cancelación Estricta
A. Horizonte de Reserva: El Usuario podrá planificar y formalizar sus reservas de sesiones con una antelación máxima de cuatro (4) semanas respecto a la fecha de ejecución. Se permite la reserva de sesiones hasta el último momento previo al inicio de la misma, siempre que exista disponibilidad de aforo en el sistema domótico.
B. Ventana de Cancelación y Penalización: Para que un crédito de sesión sea restituido al saldo del Usuario, la cancelación de la reserva deberá realizarse con una antelación mínima de cuarenta y ocho (48) horas respecto a la hora de inicio de la sesión programada.
•Toda cancelación realizada con un preaviso inferior a 48 horas será considerada "Cancelación Fuera de Plazo" y conllevará la pérdida irreversible del crédito de la sesión, sin derecho a devolución ni reprogramación.
C. Momento de Deducción y Consumo de Créditos: El sistema de gestión de FitPods operará bajo las siguientes reglas de adeudo automático:
•Reservas con antelación superior a 48 horas: El crédito correspondiente se descontará del saldo del Usuario exactamente 48 horas antes del inicio de la sesión. Hasta ese momento, la sesión figura como "proyectada".
•Reservas de Última Hora (Dentro del margen de 48 horas): En el supuesto de que el Usuario formalice una reserva para una sesión que deba iniciarse en un plazo inferior a 48 horas, el crédito se descontará de forma instantánea y definitiva en el momento de confirmar la reserva.
•Una vez descontado el crédito (ya sea por el transcurso del plazo de 48 horas o por reserva instantánea), este se considerará consumido a efectos contractuales, independientemente de la asistencia efectiva del Usuario al centro.
4.11. Duración Cronométrica de la Sesión y Protocolo de Transición Higiénica
•Tiempo Efectivo de Entrenamiento: Cada reserva de sesión faculta al Usuario para un uso efectivo de las instalaciones (Pod o zona común) durante un periodo máximo de cincuenta y cinco (55) minutos.
•Margen de Acondicionamiento (Regla de los 5 Minutos): Al término de los 55 minutos de actividad, el Usuario dispone de un margen obligatorio de cinco (5) minutos adicionales para proceder a la recogida, ordenación y desinfección integral del material y superficies utilizadas.
•Deber de Entrega en Estado Óptimo: Es responsabilidad inexcusable del Usuario que, al cumplirse el minuto 60 de la hora reservada, el espacio se encuentre totalmente libre, limpio y en perfectas condiciones para el uso inmediato por el siguiente socio.
•Sanción por Demora: La permanencia en el área de entrenamiento más allá de los 55 minutos de uso efectivo, o la entrega del espacio en condiciones de desorden o suciedad, será considerada una infracción de las normas de convivencia y podrá dar lugar a la restricción de reservas futuras o a la expulsión definitiva.


CLÁUSULA QUINTA: RÉGIMEN HORARIO, PROTOCOLO DE CIERRE DOMÓTICO, DESALOJO Y FLEXIBILIDAD OPERATIVA
5.1. Cuadro Horario Ordinario: Sin perjuicio de las facultades de modificación descritas en los apartados siguientes, el centro FitPods establece, con carácter general, el siguiente horario de explotación:
•Lunes a Viernes: de 06:00 h a 23:00 h.
•Sábados: de 08:00 h a 20:00 h.
•Domingos: de 08:00 h a 15:00 h.
5.2. Facultad de Modificación Discrecional y Cierre por Razones Operativas: La Entidad se reserva el derecho de modificar, restringir o suspender el cuadro horario anteriormente expuesto de forma total o parcial, sin necesidad de preaviso obligatorio, cuando concurran circunstancias de índole técnica, operativa, de mantenimiento, de seguridad o de fuerza mayor que impidan o desaconsejen el correcto funcionamiento de las instalaciones.
•El Usuario reconoce que la naturaleza tecnológica de FitPods puede requerir intervenciones de mantenimiento urgente o actualizaciones del sistema domótico que impidan el acceso de forma momentánea.
•Exclusión de Indemnización: Dichas alteraciones horarias o cierres temporales por causas justificadas no darán derecho al Usuario a reclamar indemnizaciones, reembolsos proporcionales de la cuota ni compensaciones económicas de ninguna clase.
5.3. Protocolo de Desalojo Imperativo: La permanencia en el centro está estrictamente supeditada al horario de cierre. El Usuario tiene la obligación contractual e inexcusable de abandonar el recinto (incluyendo el interior de los Pods, zonas comunes y áreas de higiene/duchas) en un margen máximo de quince (15) minutos tras la hora de cierre oficial.
5.4. Cierre Crítico y Corte de Suministros: Transcurrido el margen de cortesía de 15 minutos:
•El sistema domótico procederá de forma automática al apagado total de la iluminación, la climatización y el cese de cualquier suministro eléctrico, así como al bloqueo electromagnético de los accesos de entrada y salida.
•Advertencia de Atrapamiento: Al ser un centro desasistido, no existe un sistema de apertura manual de emergencia operable por el Usuario desde el interior por razones de seguridad anti-vandalismo. En el supuesto de que un Usuario quedase atrapado por incumplir el horario de desalojo, deberá contactar con el número de asistencia estratégica 694 201 529.
•El Usuario asume que el tiempo de respuesta para una apertura remota dependerá de la disponibilidad técnica y operativa de la Entidad en ese momento, exonerando a FitPods de cualquier responsabilidad por los perjuicios físicos o morales derivados de su permanencia ilícita fuera de horario.




CLÁUSULA SEXTA: PROTOCOLOS DE EMERGENCIA, EVACUACIÓN CRÍTICA Y DEBER DE SOCORRO
6.1. Protocolo de Actuación Preferente (112): Dada la naturaleza automatizada y la ausencia de personal presencial en FitPods, el Usuario reconoce que, ante cualquier situación de riesgo vital, accidente médico grave, conato de incendio o alteración de la seguridad, él es el primer interviniente. Es obligación imperativa del Usuario contactar de forma inmediata con el servicio de emergencias públicas 112. Una vez garantizado el aviso a las autoridades, el Usuario deberá informar a la Entidad a través del número de asistencia estratégica 694 201 529.
6.2. Deber de Evacuación Inmediata ante Riesgo Percibido: El Usuario se obliga a abandonar las instalaciones de forma inmediata ante la percepción de cualquier riesgo inminente (presencia de humo, olores inusuales, ruidos estructurales, inundaciones o cualquier anomalía que comprometa la seguridad).
•Primacía de la Integridad Física: En caso de evacuación, el Usuario debe priorizar su salida y la de los demás concurrentes.
•Abandono de Pertenencias: Queda terminantemente prohibido demorar la evacuación para recoger objetos personales, vestimenta o equipamiento. FitPods SL no se responsabiliza de la pérdida, daño o extravío de cualquier objeto dejado atrás durante una evacuación de emergencia. La integridad física prevalece contractualmente sobre cualquier propiedad material.
6.3. Deber de Aviso y Solidaridad: En el marco del deber general de socorro, el Usuario que detecte una situación de peligro o reciba una orden de evacuación, se compromete a alertar de forma sonora y clara al resto de usuarios presentes en el centro (incluyendo a aquellos que se encuentren en el interior de los Pods privados) para asegurar un desalojo colectivo y coordinado.
6.4. Interrupción del Suministro Eléctrico y Luces de Emergencia: Ante un fallo en el fluido eléctrico:
•El Usuario debe cesar de forma instantánea cualquier actividad física, especialmente aquella que involucre maquinaria motorizada o cargas libres, para evitar lesiones derivadas de la oscuridad o la detención brusca de los equipos.
•La evacuación se realizará siguiendo estrictamente la señalización de luces de emergencia hasta el exterior del local.
•La Entidad declina toda responsabilidad por lesiones sufridas por usuarios que omitan el deber de evacuación o intenten continuar su entrenamiento en condiciones de visibilidad reducida.
6.5. Dispositivos de Alarma en Áreas de Higiene: El baño adaptado cuenta con un timbre de emergencia acústico y visual. En caso de activación, los usuarios presentes se comprometen a prestar auxilio primario y contactar con los servicios de emergencia. La Entidad no garantiza la presencia de otros usuarios ni la eficacia del auxilio prestado entre particulares, asumiendo el Usuario el riesgo de la naturaleza desasistida del centro.




CLÁUSULA SÉPTIMA: NORMATIVA DE CONVIVENCIA, HIGIENE, IMAGEN Y PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO DEPORTIVO
7.1. Protocolo de Vestimenta y Decoro: FitPods promueve un entorno de entrenamiento profesional y respetuoso.
•Torso Cubierto: Queda TERMINANTEMENTE PROHIBIDO permanecer con el torso descubierto ("sin camiseta") en cualquier área del recinto, incluyendo el interior de los Pods privados. Esta norma es de aplicación estricta incluso durante la realización de contenido audiovisual (fotos o vídeos).
•Calzado Específico: Por razones de higiene y mantenimiento del pavimento técnico, queda prohibido el uso de calzado procedente del exterior. El Usuario deberá realizar el cambio de calzado en la zona habilitada.
•Entrenamiento Descalzo/Calcetines: Se permite el entrenamiento descalzo o en calcetines exclusivamente dentro de los Pods y zonas de mat, bajo riesgo y responsabilidad única del Usuario ante posibles impactos o traumatismos.
7.2. Higiene Rigurosa y Mantenimiento de la Estación:
•Uso de Toalla: Es obligatorio el uso de una toalla de dimensiones suficientes para cubrir las superficies de contacto de la maquinaria. No se permitirá el entrenamiento a quien carezca de ella.
•Protocolo de Desinfección: Tras la finalización de cada ejercicio, el Usuario tiene la obligación contractual de desinfectar los puntos de contacto de la maquinaria y el material utilizado (mancuernas, barras, bancos) empleando exclusivamente los productos virucidas y papel desechable facilitados por la Entidad.
•Orden del Material: El Usuario se obliga a restituir cada elemento de peso libre (discos, mancuernas, kettlebells) a su soporte original tras su uso. Dejar material en el suelo se considera un incumplimiento de seguridad (riesgo de tropiezo).
7.3. Preservación del Equipamiento y Ruido:
•Control de Impactos: Queda prohibido soltar o arrojar pesas, mancuernas o discos de forma violenta contra el pavimento ("dropping"). El Usuario debe acompañar el movimiento hasta el suelo para preservar la integridad de la maquinaria y evitar molestias sonoras innecesarias.
•Uso de Magnesio: Se prohíbe el uso de magnesio en polvo. Solo se autoriza el uso moderado de magnesio líquido si el Usuario garantiza la limpieza posterior de las barras.
7.4. Privacidad y Captura de Contenido Audiovisual (Cortesía Digital):
•Privacidad de Terceros: Se autoriza la realización de fotos y vídeos personales siempre que se garantice el anonimato del resto de usuarios. Queda estrictamente prohibido captar imágenes o vídeos de otros socios sin su consentimiento expreso, de acuerdo con la normativa de Protección de Datos.
•Uso de Trípodes: El uso de trípodes o equipos de iluminación no podrá invadir zonas de paso ni obstaculizar la visibilidad o el acceso a maquinaria de otros usuarios.
7.5. Sustancias y Envases:
•Seguridad Material: Queda prohibido el acceso con envases de vidrio o cristal. Solo se permiten botellas de materiales irrompibles (plástico, acero, aluminio).
•Consumo de Alimentos: Queda prohibido el consumo de alimentos sólidos en las zonas de entrenamiento.
•Prohibición de Humos: Se prohíbe taxativamente el uso de cigarrillos, dispositivos de vapeo o sustancias análogas en todo el recinto.
7.6. Régimen Sancionador: El incumplimiento de cualquiera de los puntos anteriores facultará a FitPods SL para la suspensión temporal o expulsión definitiva del Usuario, sin derecho a reembolso de la cuota vigente, atendiendo a la gravedad o reincidencia de la falta.




CLÁUSULA OCTAVA: RÉGIMEN DE ACCESO, TUTELA Y PROTECCIÓN DE MENORES DE EDAD
8.1. Marco Legal y Cumplimiento de la Ley 39/2022: De conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, FitPods SL establece un protocolo de protección del menor orientado a garantizar su integridad física y salud en el marco de la práctica deportiva. Dada la naturaleza de centro de gestión automatizada y desasistida, se establecen las siguientes limitaciones imperativas:
8.2. Prohibición de Acceso a Menores de Catorce (14) Años: * Queda TERMINANTEMENTE PROHIBIDO el acceso, estancia o uso de cualquier área del centro (Pods, sala común o vestuarios) a personas menores de 14 años, incluso si acuden acompañadas de sus progenitores o tutores legales.
•La maquinaria e instalaciones de FitPods están técnicamente diseñadas para biotipos adultos; por tanto, el acceso de niños constituye un riesgo de seguridad grave que la Entidad no asume. El incumplimiento de esta norma por parte de un socio (permitiendo el acceso de un menor de 14 años con sus credenciales) será causa de expulsión inmediata y definitiva.
8.3. Acceso Restringido para Menores de entre 14 y 16 años:
•Condición de Supervisión Directa: Los menores comprendidos en esta franja de edad solo podrán hacer uso de las instalaciones si han contratado un servicio de Entrenamiento Guiado (EPA o Entrenamiento Personal) con personal técnico autorizado por la Entidad.
•Autorización Documental: Es requisito obligatorio la firma de un anexo de autorización específica por parte de ambos progenitores o tutores legales (en ejercicio de la patria potestad), adjuntando copia de los DNIs de todos los firmantes.
8.4. Acceso de Menores de entre 16 y 18 años:
•Podrán acceder de forma autónoma siempre que conste en el expediente del Usuario la Autorización de Menores de FitPods debidamente cumplimentada y firmada por sus tutores legales.
•No obstante, FitPods SL recomienda encarecidamente que los entrenamientos de este colectivo sean pautados y supervisados por profesionales, dada la ausencia de monitores de sala de la Entidad.
8.5. Cláusula de Asunción de Responsabilidad y Exoneración de Vigilancia:
•El tutor legal que autoriza el acceso del menor manifiesta haber sido instruido sobre la naturaleza del centro: FitPods SL NO EJERCE LABOR DE VIGILANCIA NI CUSTODIA sobre los menores.
•El tutor legal asume de forma solidaria e íntegra la responsabilidad civil extracontractual derivada de cualquier daño que el menor pueda sufrir o causar a terceros o al mobiliario de la Entidad (Art. 1903 del Código Civil).
•La firma de la autorización implica la aceptación de que el menor operará en un entorno desasistido, exonerando a FitPods SL de cualquier deber de vigilancia activa.
8.6. Fraude de Acceso y Responsabilidad del Adulto: Si un Usuario adulto facilita el acceso a un menor incumpliendo estos tramos de edad o requisitos documentales, dicho adulto asumirá frente a la Entidad y frente a terceros cualquier responsabilidad derivada de posibles accidentes, además de ser sancionado con la resolución inmediata de su contrato por incumplimiento grave de las normas de seguridad.


CLÁUSULA NOVENA: REGULACIÓN DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL, PROHIBICIÓN DE INTRUSISMO Y LUCHA CONTRA EL FRAUDE DE LEY
9.1. Exclusividad de la Explotación Comercial: FitPods SL se reserva de forma exclusiva el derecho de explotación comercial, publicitaria y de prestación de servicios profesionales dentro de sus instalaciones. Queda TAXATIVAMENTE PROHIBIDO que cualquier Usuario, sea socio o no, utilice el recinto para desarrollar actividades económicas, clases magistrales, entrenamientos dirigidos a terceros o asesorías presenciales remuneradas sin la autorización expresa y por escrito de la Entidad.
9.2. Requisitos Imperativos para Entrenadores Externos: Para que un profesional de la actividad física pueda ejercer legalmente sus funciones dentro de FitPods, deberá cumplir de forma acumulativa y previa los siguientes requisitos:
•Formalización de Contrato Mercantil: Suscribir el "Contrato de Colaboración de Entrenador Externo" con FitPods SL, donde se regulan las condiciones de uso profesional del espacio.
•Abono de Cánones Específicos: Satisfacer las cuotas, tasas o cánones profesionales estipulados para esta actividad. Se advierte que los precios de estas cuotas son distintos y superiores a las suscripciones de usuario final.
•Acreditación de Seguros y Titulación: Aportar el Seguro de Responsabilidad Civil Profesional en vigor y la titulación académica que le faculte legalmente para el ejercicio de la profesión, de acuerdo con la Ley de Ordenación de Profesiones del Deporte.
9.3. Invalidez de Suscripciones B2C (Caso Específico "Dúo"):
•Las suscripciones destinadas a clientes finales (Suscripción Individual, Suscripción Dúo, Packs de Sesiones EPA o Pod) tienen un carácter ESTRICTAMENTE RECREATIVO Y PERSONAL.
•Bajo ninguna circunstancia se permitirá el uso de la "Suscripción Dúo" ni de ninguna otra tarifa plana de usuario para encubrir una relación profesional de entrenador-cliente.
•El intento de utilizar un producto de consumo doméstico para obtener un beneficio industrial o profesional será calificado como FRAUDE CONTRACTUAL Y ENRIQUECIMIENTO INJUSTO, facultando a la Entidad para reclamar judicialmente los daños y perjuicios derivados del lucro cesante.
9.4. Detección mediante Sistemas de Control y Sanción:
•La Entidad utilizará los sistemas de videovigilancia y el análisis de patrones de reserva para detectar conductas compatibles con el entrenamiento personal no autorizado (reincidencia de acompañantes, monitorización de ejercicios ajenos, uso de cronómetros externos, etc.).
•Expulsión Inmediata: La detección de actividad profesional no autorizada conllevará la resolución fulminante del contrato y la expulsión definitiva tanto del supuesto entrenador como del supuesto cliente (cooperador necesario), sin derecho a la devolución de la parte proporcional de la cuota abonada.


CLÁUSULA DÉCIMA: RÉGIMEN DISCIPLINARIO, DERECHO DE ADMISIÓN Y RESOLUCIÓN CONTRACTUAL CAUSAL
10.1. Ejercicio del Derecho de Admisión: En virtud de la normativa vigente sobre espectáculos públicos y actividades recreativas, FitPods SL se reserva el derecho de admisión de forma discrecional para garantizar la seguridad, la higiene y la convivencia armónica dentro de sus instalaciones de gestión desasistida.
10.2. Resolución Unilateral por Incumplimiento Grave: La Entidad queda facultada para proceder a la CANCELACIÓN INMEDIATA Y DEFINITIVA de la suscripción o acceso del Usuario, de forma unilateral y sin necesidad de preaviso, cuando concurra alguna de las siguientes causas calificadas como incumplimiento contractual grave:
•Actos Vandálicos: Daño intencionado a la maquinaria, infraestructura, sistemas domóticos o de videovigilancia.
•Alteración de la Convivencia: Comportamientos agresivos, molestos, ruidosos o que atenten contra la integridad física o moral de otros usuarios.
•Infracción de Seguridad: Permitir el acceso a terceros no autorizados, compartir credenciales de la App o manipular elementos técnicos del centro.
•Incumplimiento Reincidente: Vulneración reiterada de las normas de higiene, vestimenta (entrenar sin camiseta), horarios de desalojo o intrusismo profesional (entrenar a terceros).
•Incumplimiento en los protocolos de acceso o en la suplantación no notificada para el acceso, así como cualquier conducta que se perciba como perjudicial para la empresa. 
10.3. Efectos de la Expulsión Disciplinaria: La resolución del contrato por las causas anteriormente descritas conllevará:
•La pérdida total y definitiva de los créditos de sesiones pendientes de consumo.
•La inexistencia de derecho a reembolso o devolución proporcional de la cuota mensual, matrícula o bonos satisfechos, en concepto de cláusula penal por incumplimiento.
•La prohibición permanente de reingreso al centro.
•Todo ello sin perjuicio de las acciones legales, civiles o penales, que FitPods SL decida emprender para el resarcimiento de los daños y perjuicios causados.


CLÁUSULA UNDÉCIMA: RÉGIMEN INTEGRAL DE VIDEOVIGILANCIA, CAPTACIÓN DE AUDIO Y VALOR PROBATORIO JUDICIAL
11.1. Fundamento Legal y Finalidad del Tratamiento: En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), el Usuario consiente de forma inequívoca el tratamiento de sus datos biométricos, de imagen y de voz. Dada la naturaleza de FitPods como centro de entrenamiento desasistido y automatizado, el sistema de videovigilancia constituye la única medida de seguridad activa y control de cumplimiento contractual, operando de forma ininterrumpida las veinticuatro (24) horas del día.
11.2. Alcance y Ubicación de los Dispositivos: El Usuario reconoce haber sido informado de la existencia de cámaras de alta definición y dispositivos de captación de audio en todas las áreas del centro, incluyendo:
•Zonas comunes, accesos y pasillos.
•Áreas de entrenamiento colectivo (EPA).
•Interior de las Unidades Privadas de Entrenamiento (Pods): El Usuario acepta que la privacidad del Pod no excluye la videovigilancia, necesaria para garantizar la integridad del equipamiento, la seguridad del usuario ante posibles desvanecimientos y la verificación del uso individualizado del espacio.
•Exclusión: Se garantiza la inexistencia de dispositivos de captación en el interior de cabinas de ducha y aseos, respetando el núcleo esencial de la intimidad personal.
11.3. Valor de Prueba Fehaciente: El Usuario acepta que las grabaciones obtenidas constituyen una prueba documental y pericial fehaciente en cualquier procedimiento judicial o administrativo. FitPods SL se reserva el derecho de aportar dichas grabaciones ante los Tribunales de Justicia, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o entidades aseguradoras en supuestos de:
1Vandalismo o daños materiales dolosos.
2Accidentes o lesiones personales (para esclarecer la mecánica del suceso).
3Impagos o fraude de acceso (acceso de acompañantes no autorizados).
4Incumplimiento de las normas de régimen interior (entrenadores externos, torso descubierto, falta de higiene).
11.4. Conservación de Imágenes: Las imágenes y audios serán almacenados por el plazo legal máximo de treinta (30) días, salvo que deban ser conservados por más tiempo debido a la apertura de una investigación o procedimiento legal derivado de un incidente en las instalaciones.


CLÁUSULA DUODÉCIMA: POTESTAD DE MODIFICACIÓN UNILATERAL DE TÉRMINOS Y CONDICIONES
12.1. Facultad de Actualización: FitPods SL se reserva la facultad de modificar, actualizar, añadir o suprimir cualquier parte de los presentes Términos y Condiciones en cualquier momento y de forma unilateral. Esta potestad se ejercerá con el fin de adaptar el contrato a:
•Novedades legislativas o regulatorias del sector deportivo y tecnológico.
•Cambios en la estructura de precios, horarios o modelos de suscripción.
•Mejoras operativas, técnicas o de seguridad que optimicen el servicio.
12.2. Protocolo de Notificación y Aceptación Tácita: Toda modificación sustancial será notificada al Usuario a través de los canales digitales de la Entidad (notificación "push" en la App o correo electrónico registrado).
•Aceptación por Uso: El mero hecho de acceder a las instalaciones o realizar una reserva mediante la aplicación informática con posterioridad a la notificación de los nuevos términos, constituirá la aceptación plena, vinculante e irrevocable de las nuevas condiciones por parte del Usuario.
•Derecho de Resolución: En caso de disconformidad con los nuevos términos, el Usuario podrá instar la resolución del contrato de acuerdo con el protocolo de baja descrito en la Cláusula Cuarta.


CLÁUSULA DÉCIMATERCERA: LEY APLICABLE Y SUMISIÓN EXPRESA A JURISDICCIÓN
13.1. Ley Aplicable: El presente contrato se rige en todos sus extremos por la legislación común española y, en su caso, por la normativa específica de la Comunidad Autónoma del País Vasco relativa a espectáculos públicos y actividades recreativas.
13.2. Sometimiento Jurisdiccional: Para la resolución de cualquier controversia, conflicto, interpretación o reclamación derivada de la ejecución del presente contrato, las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles por razón de domicilio o naturaleza del asunto, se someten de forma exclusiva e irrevocable a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Bilbao (Vizcaya).